Desconocemos los motivos de este cambio de proceder, pero el informe, por ignorancia voluntaria o desconocimiento, olvidó en su elaboración los siguientes datos:
-La conclusión de la Comisión Central de Deontología, Derecho Médico y Visado de la OMC que, con fecha 2 de junio de 2012 afirmaba: “La medicina naturista es una disciplina médica y como tal se basa en la realización de actos exclusivamente médicos”.
-El apoyo a esta postura mostrado en reunión mantenida el 26 de junio de 2012 con el Dr. Rodríguez Sendín, quien como presidente de la OMC planteaba: “Toda persona que trate a pacientes ha de ser médico. Es el único formado para diagnosticar y tratar a los pacientes. Cada médico es responsable de lo que hace. Todo lo que hace un médico es un acto médico”.
-El Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establece las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios, que en su anexo II, U 101, dice textualmente: “Terapias No Convencionales: unidad asistencial en la que un médico es responsable de realizar tratamientos de las enfermedades por medio de medicina naturista o con medicamentos homeopáticos o mediante técnicas de estimulación periférica con agujas u otros que demuestren su eficacia y seguridad”.
-La Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, que permite la creación de áreas de conocimiento específico con acreditación en el Ministerio de Educación, además de la creación de un registro en los colegios de médicos, con el fin de proteger a la población para que se realicen actos médicos con la suficiente formación, garantizando a la misma de forma efectiva el ejercicio de los derechos de los pacientes a recibir información que les permita poder elegir libremente el facultativo.
-En ese mismo año, la Asamblea General del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (celebrada en Córdoba el día 11 de octubre de 2003) acordó constituir un Grupo de Trabajo sobre Terapias Complementarias con el fin de evitar el intrusismo y la mala praxis que significaba la implementación de másteres de medicina naturista, acupuntura y homeopatía desarrollados por personal no médico que estaban proliferando.
-Este Grupo de Trabajo de Terapias Complementarias de la OMC en sus conclusiones del 22 de diciembre de 2003 -en el punto 4- cita textualmente: “Que el Consejo General de Colegios de Médicos de España reconozca, como ya lo han hecho el Consejo Autonómico Valenciano y Andaluz, la declaración: “Manifestar el apoyo a la regularización del ejercicio y práctica de las terapias complementarias –acupuntura, homeopatía y medicina naturista- como técnicas terapéuticas que requieren diagnóstico previo e indicación y que deben ser avaladas en el ámbito del acto médico”.
-Al año siguiente (sesión celebrada el 29 de mayo de 2004), este mismo organismo adoptó el acuerdo de aprobar, por unanimidad, el documento sobre “Criterios de baremación para el visado de capacitación de terapias médicas no convencionales en los colegios oficiales de médicos”.
-El 7 de abril de 2011, el Tribunal Supremo dicta una sentencia que especifica claramente que la medicina naturista, acupuntura y homeopatía requieren un diagnóstico previo y que la debe de realizar un licenciado en medicina.
En esta misma sentencia, en su página 3, recoge los criterios básicos que hayan sido legislados anteriormente de la constitución, como es el caso de la Real Orden sobre naturismo médico publicada en la “Gaceta de Madrid” el 27 de marzo de 1926, donde textualmente dice “Que en la profesión de naturista como rama especial de la medicina sólo puede ser ejercida por quien posea el título de doctor o licenciado en medicina y cirugía”.
En conclusión, todos estos documentos refutan el último informe elaborado por la OMC.
Los médicos naturistas somos médicos licenciados tras seis años de estudios de Medicina, presentes en los colegios de médicos, presentes en las universidades públicas, presentes en las reales academias de medicina, y en constante formación. Contamos con el apoyo de compañeros médicos, especialistas y generales, farmacéuticos y licenciados en ciencias de la salud, así como de diversas sociedades científicas, profesores de universidad, decanos y rectores. Aportamos una extensa relación de trabajos de investigación que avalan la medicina naturista dentro de la medicina de la evidencia, más de 5.000 referencias que podríamos aumentar, pero que ya constituyen una base sólida suficiente.
Entre la población española existe una demanda creciente de estas terapias reflejado tanto en las compañías aseguradoras (en los seguros de responsabilidad civil profesional –compañías como A.M.A.- ya recogen la medicina naturista), tanto como en el incremento de la población que solicita este campo médico en los centros de atención primaria públicos que lo ofrecen, como en nuestras propias consultas.
Desde la Asociación Española de Médicos Naturistas (AEMN) estamos a favor de la regulación y control, y porque nos avala nuestra licenciatura en medicina y el trabajo y experiencia desarrollado en todos estos años, estamos en condiciones de exigir que nuestros representantes de la OMC sean coherentes en sus planteamientos, apelamos a su responsabilidad en la lucha contra el intrusismo médico y la defensa de la salud de la población.